Preguntas frecuentes sobre cannabis en España y Canarias. Respuestas claras y verificables sobre la situación legal del cannabis, el CBD, el cultivo y el cannabis medicinal. Información divulgativa para personas mayores de 18 años; no constituye asesoramiento legal ni médico. Última revisión: junio de 2026.
¿Cuántas plantas de cannabis se pueden cultivar legalmente en España?
La ley española no fija un número exacto. El autocultivo en domicilio para consumo personal está despenalizado si no es visible desde la vía pública y no hay indicios de tráfico. La jurisprudencia suele tolerar entre 2 y 4 plantas adultas por persona. El cultivo visible puede sancionarse con multas de 601 a 30.000 € (art. 36.18 Ley Orgánica 4/2015). Información divulgativa, no asesoramiento legal.
¿Es legal el CBD en España en 2026?
El CBD es legal en España para uso cosmético, técnico y ornamental, con THC inferior al 0,2%. No puede venderse ni presentarse como complemento alimenticio o para ingerir hasta que la Comisión Europea lo autorice como Novel Food. En febrero de 2026 la EFSA publicó un nivel de seguridad provisional, que no equivale a autorización de venta.
¿Qué regula el Real Decreto 903/2025 sobre cannabis medicinal?
El RD 903/2025 (BOE-A-2025-20077, 7 de octubre de 2025) regula fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis. Solo pueden prescribirlas médicos especialistas en el ámbito hospitalario y se elaboran en farmacia hospitalaria autorizada. No se autoriza la venta en farmacias comunitarias ni el uso doméstico.
¿Cuál es la multa por consumir cannabis en la vía pública en España?
Consumir o portar cannabis en lugares públicos es una infracción administrativa grave de la Ley Orgánica 4/2015, con multas de 601 a 30.000 €. En una primera sanción suele ir de 601 a 10.400 €. En domicilio privado y para consumo personal, sin indicios de tráfico, no constituye infracción.
¿Qué son los clubes sociales de cannabis y son legales en Canarias?
Los clubes o asociaciones cannábicas son entidades privadas de consumidores adultos. Operan en una zona jurídica gris: no hay ley estatal específica y su actividad ha sido objeto de intervenciones policiales y resoluciones judiciales. No equivalen a puntos de venta legales. Canarias se rige por la normativa estatal.
Fuentes principales: Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana; Real Decreto 903/2025 (BOE-A-2025-20077); dictámenes de la EFSA sobre CBD (Novel Food). Para casos concretos, consulta siempre con un profesional jurídico o sanitario.