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Galicia propone dejar de sancionar la venta de merchandising cannábico a adultos

El proyecto de medidas para 2027 corregiría la diferencia entre la prohibición dirigida a menores y una infracción que hoy menciona a toda la población.

Hoja de cannabis fotografiada sobre un fondo claro. elsaolofsson, CC BY 2.0. Origen: https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Marijuana_plant_leaf.jpg

La Xunta de Galicia propone que regalar o vender merchandising con imágenes de cannabis a personas adultas deje de figurar en la infracción grave prevista por la ley autonómica. El cambio aparece en el proyecto de medidas fiscales y administrativas para 2027: su artículo 59.Seis restringiría ese supuesto a las entregas o ventas a menores. El Portal de Transparencia mantiene la norma pendiente de aprobación.

Claves de la propuesta

  • El texto pretende modificar el artículo 52.p de la Ley gallega 6/2025.
  • La redacción propuesta limita el supuesto a la población menor de edad.
  • El proyecto prevé entrar en vigor el 1 de enero de 2027 si completa la tramitación.
  • Se refiere a artículos con imágenes identificativas del cannabis, no a una autorización para vender la sustancia.

La diferencia entre prohibición e infracción

La Ley 6/2025, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas, contiene dos redacciones de distinto alcance. El artículo 33.5 prohíbe regalar o vender ese merchandising a menores. Sin embargo, el artículo 52.p tipifica como grave hacerlo a toda la población, con independencia de su edad. La propuesta alinearía ambos preceptos en lo relativo a las personas destinatarias.

La conducta descrita es regalar o vender los artículos. No debe confundirse con una multa automática a una persona por comprar o llevar una camiseta. Esa precisión importa para explicar una norma que afecta a la representación cultural de la planta, además de al comercio.

Qué sigue pendiente

Cáñamo informó de la rectificación propuesta el 23 de octubre, después de la cobertura de Faro de Vigo. La comprobación del documento de la Xunta permite concretarla: el cambio está en el apartado sexto del artículo 59, en la página 276 del PDF. A fecha de esta revisión, 30 de octubre, no procede presentarlo como una reforma aprobada.

La modificación de ese apartado tampoco elimina las restantes restricciones de la ley gallega, entre ellas las relativas a publicidad accesible a menores y al acceso de menores a establecimientos relacionados con cannabis o CBD.

La lectura para Canarias: proteger a menores con reglas precisas

La iniciativa pertenece a Galicia y no modifica la normativa canaria. Sí ofrece una lección para el debate español: una política dirigida a proteger a menores necesita definir con claridad qué conductas sanciona y a quién pretende proteger.

Desde una posición favorable a la regulación, corregir una infracción demasiado amplia permite distinguir prevención y estigmatización de la cultura cannábica adulta. La seguridad jurídica también se construye al redactar esos límites. La aprobación definitiva y su publicación serán los hitos que permitan comprobar si Galicia materializa el cambio.

Preguntas frecuentes

¿Se ha aprobado ya la modificación?

No. El documento consultado es un proyecto pendiente de aprobación.

¿La propuesta permite vender cannabis?

No. Este cambio se refiere al merchandising con su imagen; no crea un mercado de cannabis adulto.

Fuentes

Aviso editorial: contenido informativo para mayores de 18 años. Cannarias no promueve la venta ni el consumo de sustancias fiscalizadas.

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